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sábado, 16 de mayo de 2020
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martes, 26 de noviembre de 2019
jueves, 14 de febrero de 2019
Sobreviviente de terrorismo de estado, organizaciones de familiares de detenidos/as desparecidos/as, víctimas y académicos/as expresan su RECHAZO a los intentos de perpetuar la impunidad a través de la iniciativa 5377 en Guatemala. #NOaLaAmnistía #AmnistíaEsImpunidad
jueves, 7 de febrero de 2019
miércoles, 10 de octubre de 2018
Querido Marco Antonio, capitulo 1
Serie documental "Querido Marco Antonio" repasa la vida de una familia guatemalteca marcada como muchas, por los embates de las dictaduras y por la guerra de terror, que dejó al menos 150 mil muertos y 45 mil desaparecidos.
viernes, 5 de octubre de 2018
Trailer del Documental: QUERIDO MARCO ANTONIO
“Querido Marco Antonio”,
Hoy te recordamos más que nunca
El 6 de octubre, hace 37 años, el ejército guatemalteco tocó la puerta de la casa donde habitaba la familia Molina Theissen, en la zona 19 de la Ciudad de Guatemala, y sus vidas cambiarían para siempre. Buscaban a Emma, quien, tras nueve días de cautiverio, había logrado huir de una base militar en Quetzaltenango. Entonces ella tenía 21 años.
Como una represalia ante el escape de Emma, el ejército se llevó al menor de la familia, Marco Antonio, de sólo 14 años. Su madre, doña Emma todavía recuerda el momento en que le fue arrebatado de sus
brazos y sus gritos de dolor mientras corría atrás del camión que lo llevaba, envuelto en un bulto.
Desde ese momento, ella, su esposo Carlos Molina, ya fallecido y sus hijas —Lucrecia, Emma y María Eugenia—, iniciaron una lucha para dar con su paradero. Incansables y dignas, su caso trascendió y llegó
hasta tribunales internacionales, ante la acción represora del Estado y el permanente silencio de todas las autoridades.
La desaparición de Marco Antonio fue conocida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que determinó que el Estado de Guatemala era responsable de estos hechos y por las consecuencias que tuvo para la familia. Entre otras cosas, ordenó que se investiga se qué ocurrió y dónde está Marco Antonio, así como también exigió la creación de una base de datos genéticos, para recopilar cualquier pista que pudiera dar con su paradero. Este año, gracias a la persistencia de la familia, se logró un
pequeño avance: la condena de 4militares de alto rango por la desaparición de Marco Antonio y el secuestro y tortura física, sexual y sicológica contra Emma. No obstante, aún no se resuelve la pregunta más importante: ¿Dónde está Marco Antonio?
Prensa Comunitaria, en conjunto con Media Rota producciones El Domo comunicación, recopilaron fragmentos familiares, espacios de intimidad y los capturaron en el documental “Querido Marco Antonio”. En cinco capítulos, este trabajo audiovisual narra quién era este chico, cuya imagen quedó congelada para siempre en los corazones de su familia y que hoy representa la realidad de más de 5 mil niños y niñas que fueron desaparecidas durante el conflicto interno.
jueves, 24 de mayo de 2018
miércoles, 23 de mayo de 2018
lunes, 2 de abril de 2018
viernes, 27 de octubre de 2017
martes, 10 de octubre de 2017
lunes, 17 de julio de 2017
viernes, 5 de mayo de 2017
miércoles, 23 de noviembre de 2016
DIPUTADO OVALLE
OBSTACULIZA PROCESO DE ANTEJUICIO
En el
trámite de antejuicio que se sigue en contra del diputado Edgar Justino Ovalle
Maldonado dentro del caso por graves violaciones a los derechos humanos,
desaparición forzada y violencia sexual cometida en la zona militar No. 21
(actualmente CREOMPAZ) durante el conflicto armado interno, lugar donde estuvo
el actual diputado como 2do. Comandante de la zona militar durante el período
del 1 de septiembre al 31 de enero de 1984, nuevamente se interponen obstáculos
para perpetuar la impunidad.
Ante la
resolución de la Corte de Constitucionalidad, del 18 de agosto 2016 en la que
le ordena a la Corte Suprema de Justicia, CSJ, (que había denegado el
antejuicio) emitir una nueva resolución, ésta da trámite al antejuicio y
designa como jueza pesquisidora a la Magistrada Benicia Contreras Calderón,
quien debía rendir su informe en un plazo no mayor de sesenta días a partir del
29 de agosto del año en curso.
El 27 de
septiembre de este mismo año, el antejuiciado sustituye al abogado MARIO
ANTONIO GUERRA LEÓN por el abogado RAÚL AMÍLCAR FALLA OVALLE, a raíz de ello la
juez pesquisidora resuelve el 11 de noviembre de 2016, apartarse del proceso
por existir enemistad grave entre su persona y el nuevo abogado del diputado,
quien en el pasado presentó queja en contra
de la pesquisidora ante la Junta Disciplinaria Judicial.
Es evidente que el
abogado Raúl Amílcar Falla Ovalle, tiene un impedimento legal para intervenir
en el proceso de mérito, ya que el artículo 201, literal a, de la Ley del
Organismo Judicial establece en su parte
conducente: […] Prohibiciones. Es
prohibido a los abogados: a) Actuar en los juicios en que el juez tuviere que
excusarse o pudiera ser recusado a causa de la intervención del profesional
[…].” El referido profesional debió tener conocimiento previo de que la
Magistrada Benicia Contreras Calderón, es la Juez Pesquisidora en estas
diligencias de antejuicio y, por tanto, debió abstenerse de representar a Edgar
Justino Ovalle Maldonado. Con lo cual se evidencia, que la estrategia de la defensa
al sustituir a su abogado es retardar y obstaculizar las diligencias de
antejuicio realizadas por la Juez Pesquisidora.
Las circunstancias planteadas
por la Juez Pesquisidora no encuadran en lo establecido en el artículo 123,
literal l de la Ley del Organismo Judicial, ya que la magistrada que se excusa
no tiene ningún impedimento para llevar a cabo las Diligencias de Antejuicio y
es el abogado Raúl Amílcar Falla Ovalle, quien tiene prohibido por mandato de
ley, para actuar en el presente proceso y quien al no haber acatado lo
establecido en el artículo 201 de la Ley del Organismo Judicial, pretende crear
con ello una falsa causal de excusa para la Juez Pesquisidora, para
obstaculizar el diligenciamiento del antejuicio en contra de su representado.
Llama la atención también que
el diputado Ovalle Maldonado solicitó a la Corte de Constitucionalidad el 29 de
agosto en una acción de amparo por el interpuesta, que se acepte como tercer
interesado en su caso a la Fundación contra el Terrorismo, solicitud que aún
está en trámite y que evidencia los nexos que mantiene con estos grupos.
Denunciamos públicamente estos
hechos para que quede constancia en la historia de este país de quiénes están
obstaculizando la justicia. Exigimos a las autoridades de justicia a no dejarse
presionar y que actúen apegados a derechos cumpliendo con sus funciones. Las
víctimas de la zona militar No. 21 están atentas a cada paso que las
autoridades de justicia dan en este caso.
EXIGIMOS
EL ANTEJUICIO CONTRA EL DIPUTADO OVALLE
Guatemala,
23 de noviembre 2016
1.
Asociación
Familiares de Detenidos Desaparecidos de Guatemala – FAMDEGUA
(Asesores
jurídicos: Bufete DDHH)
2.
Comunidad
de Plan de Sánchez
(Asesores jurídicos: CALDH)
3.
Grupo
de Apoyo Mutuo – GAM
4.
Asociación
para el Desarrollo Integral de las Víctimas de la Violencia
en las Verapaces
Maya Achi- ADIVIMA
5.
Asociación
de Vecinos de finca Chicoyoguito
6.
Coordinadora
de Víctimas de Alta Verapaz - CODEVI
(Asesores jurídicos: Bufete DDHH)
jueves, 16 de junio de 2016
viernes, 10 de junio de 2016
viernes, 6 de mayo de 2016
miércoles, 4 de mayo de 2016
URGENTE
SALA OTORGA AMPARO
PROVISIONAL EN CASO POR
GENOCIDIO
SE
SUSPENDE PROVISIONALMENTE DEBATE
POR
VIOLENTAR GARANTÍAS CONSTITUCIONALES
La Sala Primera de la Corte
de Apelaciones otorgó, nuevamente, un amparo provisional a la Asociación para la
Justicia y Reconciliación – AJR y al Centro para la Acción Legal en Derechos
Humanos – CALDH, querellantes adhesivos del caso, con el que se suspende el juicio por genocidio
que se celebraba a puerta cerrada por considerar, dicha Sala, que se están
violentando derechos constitucionales.
En la audiencia de apertura
a juicio las víctimas sobrevivientes y sus abogados advirtieron al Tribunal de
Sentencia de Mayor Riesgo “B” que la celebración de este juicio, con las reglas
que dicho Tribunal dictó, era una ilegalidad, y se pidió la separación de los
juicios en reiteradas ocasiones para respetar el debido proceso, según lo
establecido en el artículo 485 numeral cuarto del Código Procesal Penal, que
indica que los juicios por medidas de seguridad deben realizarse
independientemente de cualquier otro juicio.
Se explicó al Tribunal que,
celebrar dos juicios juntos (uno por
medidas de seguridad y el otro de manera ordinaria) siendo distintas su
naturaleza, violenta las garantías constitucionales de las víctimas. Así como lo
establecido en los artículos 29 y 30 de la Constitución Política de la
República, 356 del Código Procesal Penal, y el 63 de la Ley del Organismo
Judicial, cometiéndose un grave error al
juzgar, a ambos acusados, con las reglas de un juicio por medidas de seguridad,
a puerta cerrada y sin presencia de medios de comunicación, ya que en el caso del juicio ordinario contra
José Mauricio Rodríguez Sánchez, tanto las víctimas del genocidio como la
sociedad guatemalteca y la humanidad,
tienen derecho a presenciar el debate oral y público.
También se advirtió, que ese nuevo juicio en el futuro
podría ser anulado por tener actos procesales defectuosos, violentar los
derechos de las víctimas y los acusados y no cumplir con el principio de
publicidad para uno de los acusados, por lo que en esa oportunidad, manifestamos
nuestro rechazo a estos actos, ya que se estaba incumpliendo con el ordenamiento
jurídico nacional y convenios y tratados internacionales en materia de derechos
humanos.
Reiteramos que en el 2013 se
celebró el primer juicio por genocidio en Guatemala, en un debate oral y público
en el que la sociedad guatemalteca y el mundo entero fueron testigos de que se
respetaron las garantías constitucionales de todas las partes y que dio como
resultado una sentencia condenatoria, por lo que consideramos que la celebración
de este nuevo juicio es producto de una ilegal resolución de tres magistrados de
la Corte de Constitucionalidad que en mayo 2013 actuaron en contra de la ley
para retrotraer el proceso.
A pesar de todo, las víctimas sobrevivientes y
querellantes expresamos que estamos dispuestos a probar nuevamente que se
cometió genocidio, pero en un proceso que, al igual que en el 2013, sea apegado
al Estado de Derechos. Por lo anterior solicitamos a la Sala Primera de la Corte
de Apelaciones que otorgue en definitiva el amparo en favor de las víctimas
sobrevivientes.
Guatemala 04 de mayo 2016.
Asociación para la Justicia y Reconciliación –
AJR
Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos -
CALDH
CONVOCAMOS
A:
VISTA PÚBLICA
Para explicar argumentos
sobre la separación de los juicios en el caso por
genocidio
JUEVES 05 DE
MAYO 2016
SALA PRIMERA
DE LA CORTE DE APELACIONES
(Nivel 10 torre tribunales)
11:00
Horas
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