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jueves, 14 de febrero de 2019

Sobreviviente de terrorismo de estado, organizaciones de familiares de detenidos/as desparecidos/as, víctimas y académicos/as expresan su RECHAZO a los intentos de perpetuar la impunidad a través de la iniciativa 5377 en Guatemala.







miércoles, 10 de octubre de 2018

Querido Marco Antonio, capitulo 1

Serie documental "Querido Marco Antonio" repasa la vida de una familia guatemalteca marcada como muchas, por los embates de las dictaduras y por la guerra de terror, que dejó al menos 150 mil muertos y 45 mil desaparecidos.

viernes, 5 de octubre de 2018

Trailer del Documental: QUERIDO MARCO ANTONIO


“Querido Marco Antonio”,
Hoy te recordamos más que nunca
El 6 de octubre, hace 37 años, el ejército guatemalteco tocó la puerta de la casa donde habitaba la familia Molina Theissen, en la zona 19 de la Ciudad de Guatemala, y sus vidas cambiarían para siempre. Buscaban a Emma, quien, tras nueve días de cautiverio, había logrado huir de una base militar en Quetzaltenango. Entonces ella tenía 21 años.

Como una represalia ante el escape de Emma, el ejército se llevó al menor de la familia, Marco Antonio, de sólo 14 años. Su madre, doña Emma todavía recuerda el momento en que le fue arrebatado de sus
brazos y sus gritos de dolor mientras corría atrás del camión que lo llevaba, envuelto en un bulto.

Desde ese momento, ella, su esposo Carlos Molina, ya fallecido y sus hijas —Lucrecia, Emma y María Eugenia—, iniciaron una lucha para dar con su paradero. Incansables y dignas, su caso trascendió y llegó
hasta tribunales internacionales, ante la acción represora del Estado y el permanente silencio de todas las autoridades. 
 La desaparición de Marco Antonio fue conocida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que determinó que el Estado de Guatemala era responsable de estos hechos y por las consecuencias que tuvo para la familia. Entre otras cosas, ordenó que se investiga se qué ocurrió y dónde está Marco Antonio, así como también exigió la creación de una base de datos genéticos, para recopilar cualquier pista que pudiera dar con su paradero. Este año, gracias a la persistencia de la familia, se logró un
pequeño avance: la condena de 4militares de alto rango por la desaparición de Marco Antonio y el secuestro y tortura física, sexual y sicológica contra Emma. No obstante, aún no se resuelve la pregunta más importante: ¿Dónde está Marco Antonio?

Prensa Comunitaria, en conjunto con Media Rota producciones El Domo comunicación, recopilaron fragmentos familiares, espacios de intimidad y los capturaron en el documental “Querido Marco Antonio”. En cinco capítulos, este trabajo audiovisual narra quién era este chico, cuya imagen quedó congelada para siempre en los corazones de su familia y que hoy representa la realidad de más de 5 mil niños y niñas que fueron desaparecidas durante el conflicto interno.

miércoles, 23 de noviembre de 2016

DIPUTADO OVALLE  OBSTACULIZA PROCESO DE ANTEJUICIO

En el trámite de antejuicio que se sigue en contra del diputado Edgar Justino Ovalle Maldonado dentro del caso por graves violaciones a los derechos humanos, desaparición forzada y violencia sexual cometida en la zona militar No. 21 (actualmente CREOMPAZ) durante el conflicto armado interno, lugar donde estuvo el actual diputado como 2do. Comandante de la zona militar durante el período del 1 de septiembre al 31 de enero de 1984, nuevamente se interponen obstáculos para perpetuar la impunidad.

Ante la resolución de la Corte de Constitucionalidad, del 18 de agosto 2016 en la que le ordena a la Corte Suprema de Justicia, CSJ, (que había denegado el antejuicio) emitir una nueva resolución, ésta da trámite al antejuicio y designa como jueza pesquisidora a la Magistrada Benicia Contreras Calderón, quien debía rendir su informe en un plazo no mayor de sesenta días a partir del 29 de agosto del año en curso.

El 27 de septiembre de este mismo año, el antejuiciado sustituye al abogado MARIO ANTONIO GUERRA LEÓN por el abogado RAÚL AMÍLCAR FALLA OVALLE, a raíz de ello la juez pesquisidora resuelve el 11 de noviembre de 2016, apartarse del proceso por existir enemistad grave entre su persona y el nuevo abogado del diputado, quien en el pasado presentó  queja en contra de la pesquisidora ante la Junta Disciplinaria Judicial.

Es evidente que el abogado Raúl Amílcar Falla Ovalle, tiene un impedimento legal para intervenir en el proceso de mérito, ya que el artículo 201, literal a, de la Ley del Organismo Judicial  establece en su parte conducente: […] Prohibiciones. Es prohibido a los abogados: a) Actuar en los juicios en que el juez tuviere que excusarse o pudiera ser recusado a causa de la intervención del profesional […].” El referido profesional debió tener conocimiento previo de que la Magistrada Benicia Contreras Calderón, es la Juez Pesquisidora en estas diligencias de antejuicio y, por tanto, debió abstenerse de representar a Edgar Justino Ovalle Maldonado. Con lo cual se evidencia, que la estrategia de la defensa al sustituir a su abogado es retardar y obstaculizar las diligencias de antejuicio realizadas por la Juez Pesquisidora.

Las circunstancias planteadas por la Juez Pesquisidora no encuadran en lo establecido en el artículo 123, literal l de la Ley del Organismo Judicial, ya que la magistrada que se excusa no tiene ningún impedimento para llevar a cabo las Diligencias de Antejuicio y es el abogado Raúl Amílcar Falla Ovalle, quien tiene prohibido por mandato de ley, para actuar en el presente proceso y quien al no haber acatado lo establecido en el artículo 201 de la Ley del Organismo Judicial, pretende crear con ello una falsa causal de excusa para la Juez Pesquisidora, para obstaculizar el diligenciamiento del antejuicio en contra de su representado.

Llama la atención también que el diputado Ovalle Maldonado solicitó a la Corte de Constitucionalidad el 29 de agosto en una acción de amparo por el interpuesta, que se acepte como tercer interesado en su caso a la Fundación contra el Terrorismo, solicitud que aún está en trámite y que evidencia los nexos que mantiene con estos grupos.

Denunciamos públicamente estos hechos para que quede constancia en la historia de este país de quiénes están obstaculizando la justicia. Exigimos a las autoridades de justicia a no dejarse presionar y que actúen apegados a derechos cumpliendo con sus funciones. Las víctimas de la zona militar No. 21 están atentas a cada paso que las autoridades de justicia dan en este caso.

EXIGIMOS EL ANTEJUICIO CONTRA EL DIPUTADO OVALLE

Guatemala, 23 de noviembre 2016

1.       Asociación Familiares de Detenidos Desaparecidos de Guatemala – FAMDEGUA
(Asesores jurídicos: Bufete DDHH)
2.       Comunidad de Plan de Sánchez
(Asesores jurídicos: CALDH)
3.       Grupo de Apoyo Mutuo – GAM
4.       Asociación para el Desarrollo Integral de las Víctimas de la Violencia
en las Verapaces  Maya Achi- ADIVIMA
5.       Asociación de Vecinos de finca Chicoyoguito
6.       Coordinadora de Víctimas de Alta Verapaz - CODEVI

(Asesores jurídicos: Bufete DDHH)

miércoles, 4 de mayo de 2016


URGENTE
SALA OTORGA AMPARO
PROVISIONAL EN CASO POR GENOCIDIO
SE SUSPENDE PROVISIONALMENTE DEBATE
POR VIOLENTAR GARANTÍAS CONSTITUCIONALES

La Sala Primera de la Corte de Apelaciones otorgó, nuevamente, un amparo provisional a la Asociación para la Justicia y Reconciliación – AJR y al Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos – CALDH, querellantes adhesivos del caso,  con el que se suspende el juicio por genocidio que se celebraba a puerta cerrada por considerar, dicha Sala, que se están violentando derechos constitucionales.

En la audiencia de apertura a juicio las víctimas sobrevivientes y sus abogados advirtieron al Tribunal de Sentencia de Mayor Riesgo “B” que la celebración de este juicio, con las reglas que dicho Tribunal dictó, era una ilegalidad, y se pidió la separación de los juicios en reiteradas ocasiones para respetar el debido proceso, según lo establecido en el artículo 485 numeral cuarto del Código Procesal Penal, que indica que los juicios por medidas de seguridad deben realizarse independientemente de cualquier otro juicio.

Se explicó al Tribunal que, celebrar dos juicios juntos  (uno por medidas de seguridad y el otro de manera ordinaria) siendo distintas su naturaleza, violenta las garantías constitucionales de las víctimas. Así como lo establecido en los artículos 29 y 30 de la Constitución Política de la República, 356 del Código Procesal Penal, y el 63 de la Ley del Organismo Judicial,  cometiéndose un grave error al juzgar, a ambos acusados, con las reglas de un juicio por medidas de seguridad, a puerta cerrada y sin presencia de medios de comunicación, ya  que en el caso del juicio ordinario contra José Mauricio Rodríguez Sánchez, tanto las víctimas del genocidio como la sociedad guatemalteca  y la humanidad, tienen derecho a presenciar el debate oral y público.

También se advirtió, que ese nuevo juicio en el futuro podría ser anulado por tener actos procesales defectuosos, violentar los derechos de las víctimas y los acusados y no cumplir con el principio de publicidad para uno de los acusados, por lo que en esa oportunidad, manifestamos nuestro rechazo a estos actos, ya que se estaba incumpliendo con el ordenamiento jurídico nacional y convenios y tratados internacionales en materia de derechos humanos.   

Reiteramos que en el 2013 se celebró el primer juicio por genocidio en Guatemala, en un debate oral y público en el que la sociedad guatemalteca y el mundo entero fueron testigos de que se respetaron las garantías constitucionales de todas las partes y que dio como resultado una sentencia condenatoria, por lo que consideramos que la celebración de este nuevo juicio es producto de una ilegal resolución de tres magistrados de la Corte de Constitucionalidad que en mayo 2013 actuaron en contra de la ley para retrotraer el proceso.

A pesar de todo, las víctimas sobrevivientes y querellantes expresamos que estamos dispuestos a probar nuevamente que se cometió genocidio, pero en un proceso que, al igual que en el 2013, sea apegado al Estado de Derechos. Por lo anterior solicitamos a la Sala Primera de la Corte de Apelaciones que otorgue en definitiva el amparo en favor de las víctimas sobrevivientes.

Guatemala 04 de mayo  2016.
Asociación para la Justicia y Reconciliación – AJR
Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos - CALDH

CONVOCAMOS A:
VISTA PÚBLICA
Para explicar argumentos sobre la separación de los juicios en el caso por genocidio
JUEVES 05 DE MAYO 2016

SALA PRIMERA DE LA CORTE DE APELACIONES
(Nivel 10 torre tribunales)

11:00 Horas